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CHEQUE SERVICIO COMUNIDAD DE MADRID

By: | Tags: | Comments: 0 | agosto 24th, 2016

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Hoy os traemos una entrada con la  que queremos informaros y explicaros una ayuda (quizá la menos conocida) que la Comunidad de Madrid tiene para los pacientes que tienen reconocido el grado de dependencia.

 

A través de esta ayuda los pacientes reciben una PRESTACIÓN ECONÓMICA que pueden utilizar para pagar su tratamiento pudiendo ELEGIR EL CENTRO Y LAS TERAPIAS que más le puedan convenir.

 

Como ya os contamos en la entrada anterior, si has sufrido un ICTUS o necesitas rehabilitación neurológica por cualquier causa y  precisas de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria, puedes solicitar que te reconozcan la situación de dependencia.

Una vez reconocida esta situación,  has de saber que tienes a tu disposición una ayuda adicional procedente de la Comunidad de Madrid. Se trata del CHEQUE SERVICIO. Veamos en qué consiste, cómo funciona, los requisitos que piden y las cuantías económicas que se pueden obtener.

 

 cheque-servicio (1)

 

¿QUÉ ES Y EN QUÉ CONSISTE EL CHEQUE SERVICIO?

 

El Cheque Servicio de la Comunidad de Madrid es una APORTACIÓN ECONÓMICA  incluida en la Ley de Dependencia, que va vinculada a un servicio concreto. Si tienes reconocida la dependencia puedes acceder a este cheque.

 

¿CÓMO FUNCIONA? REQUISITOS NECESARIOS

 

De forma esquemática, resumiremos su funcionamiento con los siguientes pasos:

 

  1. SI NO TIENES RECONOCIDO EL GRADO DE DEPENDENCIA, y has sufrido una lesión cerebral, por ejemplo, has de proceder a la presentación, en la Dirección General de Atención de la Dependencia de la Comunidad de Madrid, de la solicitud debidamente cumplimentada junto con la documentación necesaria.
  2. Valoración de la persona dependiente, previa cita concertada en su domicilio.
  3. Recepción, en su caso, de la aprobación de la situación de dependencia y del nivel y grado reconocido.
  4. Establecimiento, por parte de dicha Dirección General, del PIA (Programa Individual de Atención). En el programa se establece el modo de intervención más adecuado para la persona en situación de dependencia.
  5. Asignación de la prestación mediante el Cheque Servicio con la cuantía económica que establezca el PIA.
  6. Aprobación y entrega del cheque servicio correspondiente al usuario.
  7. Elección del centro privado por parte del interesado.
  8. Entrega, por parte del afectado, del cheque al centro elegido.
  9. El centro procede a dar de alta a la persona dependiente en una aplicación informática habilitada por la Comunidad de Madrid.

 

En el caso de que YA TENGAS RECONOCIDA LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, puedes solicitar también a la Dirección General de Coordinación de la Dependencia de la Comunidad de Madrid la asignación de tu cheque servicio.

 

La naturaleza del cheque es diversa, facilitando al usuario, por ejemplo, la elección de una plaza en una residencia o un centro de rehabilitación neurológica de su agrado. Aunque se puede elegir el centro privado en el que se va a recibir dicha rehabilitación neurológica, no todos los centros están concertados con la Comunidad de Madrid y, por lo tanto, no todos ofrecen esta posibilidad de beneficiarse del cheque.

 

En NEUREX podrás acceder a estas ayudas porque contamos con todos los requisitos legales que exige el concierto. Estamos debidamente acreditados y autorizados por la Comunidad de Madrid. No dudes en aprovechar esta oportunidad de recibir la rehabilitación neurológica -o cualquier otro tipo de terapia- que precises, en nuestro centro, y de plantearnos todas las dudas que tengas sobre este tipo de prestación. Nosotros te informaremos y te ayudaremos en todos los trámites.

 

CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN

 

La cuantía mensual que te corresponda será valorada según tu grado de dependencia y según tu situación económica particular.

 

De forma general, podemos decir que las CANTIDADES MÁXIMAS que se están asignando a las personas que tienen reconocida la dependencia antes de la modificación efectuada en julio del año 2012 son:

 

  • 833,96 €/mes, al Nivel 2 del Grado III.
  • 625,47 €/mes, al Nivel 1 del Grado III.
  • 462,18 €/mes, al Nivel 2 del Grado II.
  • 401,20 €/mes, al Nivel 1 del Grado II.
  • 300 €/mes, al Nivel 2 del Grado I.

 

En los casos de solicitudes posteriores a dicha fecha, las cuantías máximas son -conforme al Real Decreto Ley 20/2012- las siguientes:

 

  • 715,07 €/mes, al Grado III.
  • 426,12 €/mes, al Grado II.
  • 300 €/mes, al Grado I.

 

De todos modos, no dudes en preguntarnos. Podemos ayudarte en todos los trámites e informarte de forma clara y sencilla según tu caso particular; así podrás beneficiarte de esta ayuda, recibir la rehabilitación neurológica -o el tratamiento que precises- con más facilidad y -ya que son tantos los gastos que ha de realizar una persona dependiente-  obtenerla con el menor coste posible.

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